Astori anunció medidas para inversión y empleo

Mejorar el clima de negocios

Las autoridades de Economía encabezadas por el ministro Danilo Astori anunciaron un conjunto de medidas que colaboren a mejorar el clima de negocios con el objetivo de impulsar la inversión y el empleo, dinamizando de esta forma la economía.

El ministro Danilo Astori presentó las medidas propuestas junto al subsecretario Pablo Ferreri y el director de la Asesoría Macroeconómica Christian Daude.

La iniciativa incluye un conjunto de medidas destinadas a mejorar el acceso a los beneficios promocionales y abatir el costo de cumplimiento de las obligaciones tributarias de las empresas de menor porte. (Acceda al documento haciendo CLICK )

También se proponen mejoras para los contribuyentes en el marco del cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

Las medidas propuestas persiguen los siguientes objetivos:

· Estimular la inversión y el empleo
· Apoyar a micro y pequeñas empresas
· Mejorar los derechos de los contribuyentes

· Estímulos a la inversión
a. Cambios al régimen COMAP
Se implementará un nuevo decreto reglamentario con el objetivo de mejorar el perfil de beneficios tendientes a potenciar la inversión y el empleo. En particular:

– Cambio en la matriz de evaluación de proyectos de inversión incrementando de 100 a 130 el puntaje máximo a obtener, de modo que los proyectos con más capacidad de derrame en la economía obtengan mayores beneficios. De esta manera, los proyectos que utilicen el indicador de Empleo, o conjuntamente los indicadores de Investigación, Desarrollo e innovación y Producción más Limpia podrán obtener un porcentaje de exoneración mayor al que obtendría en el régimen actual (el porcentaje máximo de inversión exonerable continuará siendo 100%).

– Simplificar el indicador de empleo, pasando a un esquema que compute de la misma forma la contratación de trabajadores de todos los niveles de calificación, priorizando de este modo la creación de puestos de trabajo.

– Computar en forma separada los indicadores de Investigación, Desarrollo e innovación y de Producción más Limpia, lo que permitirá obtener mayores exoneraciones a los proyectos que combinen ambos tipos de inversiones.

– Habilitar la suspensión del plazo de uso de los beneficios (por uno o dos años en función del monto de inversión y del porcentaje exonerado), para evitar que las empresas pierdan años de plazo cuando no generan renta.

– Incrementar el porcentaje del impuesto a la renta que pueden exonerar cada año las empresas nuevas (hasta 80%), facilitándoles el uso efectivo del beneficio.

– Beneficiar por tres años a los vehículos eléctricos de pasajeros afectados a la actividad productiva, de modo de continuar impulsando la movilidad eléctrica. Esto permitirá aprovechar los beneficios de la nueva matriz energética con el uso de tecnologías económicamente más eficientes y ambientalmente más amigable.

b. Aumento transitorio de los beneficios COMAP
Al igual que en 2009 y 2015 (Decretos Nº 779/008 y Nº 299/015), en 2018 se volverán a otorgar beneficios adicionales para impulsar la presentación de proyectos. En particular:

– Se incrementará en 10% del porcentaje de exoneración que surge de la matriz de indicadores para los proyectos de inversión presentados entre marzo de 2018 y febrero de 2019, que ejecuten al menos el 75% a diciembre de 2019.

– Las inversiones realizadas entre marzo de 2018 y febrero de 2019 computarán por el 120% a los efectos de determinar el monto de exoneración del IRAE.

c. Extensión de beneficios para construcciones de gran dimensión económica
El Decreto Nº 329/016 declaró promovidas al amparo de la Ley Nº 16.906 de 1998 las actividades de construcción para la venta o arrendamiento de inmuebles con destino a oficinas o vivienda, correspondientes a proyectos de gran dimensión económica. La promoción alcanzó a las construcciones de más de UI 123 millones (US$ 16,2 millones a febrero 2018), que tuvieran al menos 20% del área destinada a uso común.

Se prorrogará por un año el plazo para presentar nuevos proyectos al amparo de este beneficio. Los proyectos deberán ser presentados antes del 31 de diciembre de 2018 y tendrán 36 meses como máximo para su ejecución. Además, para los proyectos a desarrollarse en Montevideo, se reducirán el monto mínimo de inversión y el porcentaje de áreas comunes requeridos (a UI 90 millones y 15% respectivamente).

d. Fomento a la producción nacional de maquinaria agrícola
La actividad de fabricación de maquinarias y equipos agrícolas fue declarada promovida al amparo de la Ley Nº 16.906 de 1998 mediante el Decreto Nº 346/009. En ese decreto se estableció la exoneración de 90% del IRAE entre 2009 y 2017 y de 50% entre 2018 y 2022.

Actualmente, la importación de insumos, partes y piezas para la fabricación local no está exenta de tributos, mientras que la importación de la maquinaria sí lo está. Esto genera una protección efectiva negativa para la industria nacional.

Se presentará al Parlamento un Proyecto de Ley para exonerar de todo recargo, y en general de todo tributo (incluido el IVA a la importación), a los bienes destinados a integrar el costo de maquinarias y equipos para uso agrícola, así como las partes y accesorios, de modo de equilibrar las condiciones competitivas para la industria nacional. Esta exoneración será otorgada siempre que la actividad principal de la empresa sea efectivamente la producción de piezas, repuestos y/o maquinaria agrícola y siempre que los bienes hayan sido declarados no competitivos de la industria nacional.

e. IRPF cat. I. Reestructuras societarias en las que el beneficiario final se mantiene
Actualmente, el Poder Ejecutivo tiene facultad de exonerarlas mediante decreto.

Se presentará al Parlamento un Proyecto de Ley para exonerar las reestructuras societarias en el caso de que los beneficiarios finales (personas físicas) sean los mismos luego de la reestructura, en línea con lo realizado por la mayoría de las administraciones tributarias del mundo.

· Apoyos a empresas de menor porte
a. Aumento de la exoneración COMAP
En la nueva reglamentación de COMAP se aumentará de 10% a 20% el beneficio adicional de IRAE para los proyectos presentados por empresas micro y pequeñas que sean promovidos.

Adicionalmente, la COMAP pondrá en marcha un procedimiento simplificado para la presentación de proyectos por parte de estas empresas.

b. Mejorar beneficio automático por inversiones
El Artículo 53 del Título 4 del Texto Ordenado DGI 1996 prevé una exoneración en el IRAE por inversiones de algunos bienes de activo fijo para las empresas cuyos ingresos no superen los UI 10 millones en el año previo o que pertenezcan al sector de transporte de carga. La norma permite deducir de la renta sobre la que se calcula el IRAE hasta el 40% de la inversión en ciertos bienes muebles y hasta 20% de la inversión en obra civil para actividades turísticas, industriales o agropecuarias.

Las rentas que se exoneren por este concepto no pueden superar el 40% de las rentas netas del ejercicio, una vez deducidas las exoneradas por otras disposiciones.

Se presentará al Parlamento un Proyecto de Ley para mejorar estos beneficios para las nuevas inversiones, aumentando los porcentajes de las deducciones y el tope de las mismas para los contribuyentes con ingresos inferiores a UI 5 millones.

% Inversión en Bienes Muebles
40 Acutal
60 Propuesta
% Inv. Obra Civil
20 Actual
30 Propuesta
% Tope de Renta Neta
40 Actual
60 Propuesta
c. Extender al Impuesto al Patrimonio el régimen simplificado para contribuyentes sin contabilidad suficiente y que adhieran a facturación electrónica
El régimen de IRAE ficto es un sistema simplificado de liquidación, que prevé escalas de ingresos y tasas proporcionales. Pueden adherir a este esquema todos los contribuyentes del impuesto que no estén obligados a llevar contabilidad suficiente (que tengan ingresos inferiores a UI 4 millones y no sean Sociedades Anónimas). Este régimen simplificado opera únicamente en el IRAE, pero no para las demás obligaciones tributarias de estos sujetos. En particular, el Impuesto al Patrimonio debe ser determinado de conformidad con las reglas generales.

Con el fin de facilitar el pago del Impuesto al Patrimonio por parte de estos contribuyentes, se presentará al Parlamento un Proyecto de Ley para establecer un régimen ficto para este impuesto, al que podrán adherir los contribuyentes de IRAE ficto que cuenten con factura electrónica. Además, se prevén cambios en la declaración jurada y un programa de ayuda más amigable.

· Mejoras para los contribuyentes
a. Reducción de costos para cancelar deudas

– Modificación del régimen de cálculo de los recargos por mora, a los efectos de reducir el costo de las deudas tributarias.

– Establecimiento de un arancel de DGI menos oneroso para el cálculo de honorarios profesionales en juicios de cobro coactivo.

b. Más canales de pago

– Facultar al Poder Ejecutivo a aceptar pago de adeudos tributarios con tarjeta de débito o de crédito.

c. Fortalecimiento de derechos

– Modificación de la clausura de establecimientos comerciales, eliminando la facultad de que DGI clausure sin que exista resolución judicial.

– Notificación en todas las inspecciones del acta final de inspección.

– Derogación facultad de suspender certificado de vigencia anual pasados 90 días desde la adopción de medidas cautelares.

– Suspensión de los recargos por mora en caso de recomposición del procedimiento administrativo, cuando el acto fue anulado por el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA).

– Derogación de artículo que establece la no procesabilidad ante el TCA de la denuncia penal del delito de defraudación tributaria.

– Imposibilidad de renunciar a la prescripción consumada.


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