Marquez pide pre investigadora en Junta por tema Moreira/Sobrero

Posible violación constitucional

El Edil departamental del Frente Amplio, Hébert Márquez, presentó ante la Junta Departamental la solicitud de una “Comisión Pre-Investigadora que reúna todos los elementos referidos a la destitución del Director de Turismo Departamental, señor Andrés Sobrero por parte del Intendente Dr. Carlos Moreira, violando la Constitución en los artículos 58, 59 y 62.”.

Sobrero fue cesado en su cargo luego de que Moreira decidiera que el candidato a diputado por su sector fuera Mario Colman. La determinación de Moreira suscitó desavenencias y declaraciones cruzadas.

Textualmente Márquez solicita:

“Por la presente solicito a usted una Comisión Pre-Investigadora que reúna todos los elementos referidos a la destitución del Director de Turismo Departamental, señor Andrés Sobrero por parte del Intendente Dr. Carlos Moreira, violando la Constitución en los artículos 58, 59 y 62.
La información pública disponible sin desmentir en el transcurso de los días, ha vuelto probatoria las circunstancias graves que rodean este hecho, y confirma por lo menos la violación de la Constitución en los artículos referidos, no obstante puede haber agravantes con otras transgresiones, exceso de función, referidas a la Ley 9.515 y a derechos elementales de Ciudadanos en relación de dependencia como es, según la manifestación del Funcionario Andrés Sobrero, que el Intendente haya pretendido mediante coacción o imposición funcional, que se mantuviera en silencio, o no emitiera opinión respecto a la elección nacional en curso, siendo estas circunstancias las que llevaron a la destitución referida.
El Pueblo Uruguayo sabiamente en su construcción Democrática separó la materia Departamental y Local de las instancias electorales Nacionales. En este caso, según el relato, el Intendente en funciones, llama a un Funcionario a su despacho a fin de intimar o cooptar su voluntad incluso con el pedido de limitar su libertad de expresión en orden de una decisión sectorial de una fracción política, la lista 904 a la cual pertenece el Intendente.
El hecho grave de intervenir en la presentación electoral Nacional, que nada tiene que ver con las competencias de un Intendente, tomando como represalia la destitución de un Funcionario, por el no acatamiento a una decisión de una fracción política, denota una gran discrecionalidad, arbitrariedad e impunidad en el manejo de la cosa pública. Violenta principios básicos de nuestro ordenamiento jurídico institucional como son los preceptos que “el funcionario existe para la función y no la función para el funcionario”; o que “los funcionarios están al servicio de la Nación y no de una fracción política”. La gravedad del hecho es que el Intendente debería ser el garante de que eso no sucediera en vez de promoverlo e incentivarlo con el concurso de otros integrantes de la Administración y Gobierno Municipal.
Sin duda el hecho más grave, en esta era de la vasta información Pública, es abonar el descreimiento de los Ciudadanos en la Democracia y las Instituciones. Es muy grave utilizar las Instituciones como comité partidario de una fracción política, estableciendo castigos o beneficios según la adhesión que manifieste, por la Democracia y la Institucionalidad misma, pero también en la lesión al principio de igualdad e imparcialidad en cuanto a los derechos de las personas y también al uso de los instrumentos y los recursos, de los recursos económicos especialmente. En el Departamento de Colonia, el Presupuesto Quinquenal corresponde a unos 6.000 dólares por ciudadano votante, que no pueden quedar al libre albedrío y discrecionalidad de un Intendente que usa sus atribuciones para castigar a quienes no acceden a la perspectiva de su propia campaña a un órgano nacional ajeno a sus competencias. Eso desequilibra y pone en desventaja al resto de los ciudadanos que tienen derecho a participar en esa misma contienda electoral.
En este último párrafo, queremos como integrante de esta Junta Departamental, como Órgano y como Edil, reivindicar en algo nuestras potestades muchas veces vulneradas por la administración de este Intendente, esta apreciación para nada roza a la mayoría de los Ediles que salieron electos por esa misma fracción, tanto que esta investigación es un acto de justicia hacia un ciudadano que salió electo primer titular de la lista del propio grupo en cuestión, como fue el Señor Andrés Sobrero. Esta decisión nos vulnera una vez más, menoscabando nuestras potestades como lo dice la Constitución en el artículo Nº 62, Inc 2 que nos faculta para “calificar los cargos de carácter político o de particular confianza” donde se “requerirán los tres quintos del total de componentes de la Junta Departamental”.
Señor Presidente solicito en virtud de las atribuciones establecidas en el Artículo 187 de nuestro Reglamento Interno, y sin perjuicio de otras actuaciones, ponga en funciones una Comisión Pre-Investigadora que reúna los elementos referidos a la destitución del Director de Turismo Señor Andrés Sobrero con el propósito de tomar las medidas que correspondan.
(Adjunto pen drive con los testimonios del Señor Andrés Sobrero y del Intendente Dr. Carlos Moreira por parte del Intendente Dr. Carlos Moreira por parte del Intendente Dr. Carlos Moreira) ” – Hebert Márquez


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