Ministerio de Trabajo y un 2020 de leyes y decretos

19 y 39

En el período comprendido entre el 1º de marzo y el 31 de diciembre de 2020, a iniciativa del Ministerio de Trabajo y Seguridad (MTSS) se sancionaron –y fueron promulgadas- un total de 19 leyes, y se dictaron por el Poder Ejecutivo 39 decretos, conteniendo todos ellos normas relativas al Derecho del Trabajo y la Seguridad Social.

A continuación se enumeran dichas  normas, junto con una breve síntesis del asunto al que refieren:
 

LEYES PROMULGADAS

1.   LEYES RELACIONADAS CON EXTENSIÓN DE AMPARO AL SUBSIDIO POR DESEMPLEO: Autorización genérica al MTSS  y extensiones específicas a trabajadores de las empresas que en cada ley se indica.

•    Ley 19.864 de 20/03/20. Se faculta al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender, por razones de interés general y hasta el 31 de mayo de 2020, el subsidio por desempleo de los ex trabajadores de PILI S.A.

•    Ley 19.871 de 03/04/20. Se faculta al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender, por razones de interés general, por un plazo de hasta 12 meses, el subsidio por desempleo de los trabajadores de la empresa LORYSER S.A., en los términos y condiciones que establezcan la o las consiguientes resoluciones de extensión.

•    Ley 19.881 de 04/06/20. Se faculta al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender, por razones de interés general y por un plazo de hasta 180 días, el subsidio por desempleo de los trabajadores de las empresas Besiney S.A. y Anikto S.A.

•    Ley 19.882 de 04/06/20. Se faculta al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender, por razones de interés general y por un plazo de hasta 90 días, el subsidio por desempleo de los ex trabajadores de PILI S.A.

•    Ley 19.887 de 25/06/20. Se faculta al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender por razones de interés general y hasta por 180 días como máximo, el subsidio por desempleo de los trabajadores de HIPERTEX S.A.

•    Ley 19.899 de 11/09/20. Se faculta al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender, por razones de interés general y por un plazo de hasta 180 días, el subsidio por desempleo de los ex trabajadores de la Fábrica Nacional de Papel S.A. y de la Cooperativa Textil Puerto Sauce.

•    Ley 19.900 de 11/09/20. Se faculta al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender, por razones de interés general y por un plazo de hasta 180 días, el subsidio por desempleo de los ex trabajadores de PILI S.A.

•    Ley 19.907 de 25/09/20. Se faculta al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender por razones de interés general y hasta por 180 días, como máximo, el subsidio por desempleo de los trabajadores de Industria Sulfúrica Sociedad Anónima (Isusa).  

•    Ley 19.922 de 30/11/20. Se faculta al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a extender, por razones de interés general y por un plazo no mayor a un año, el subsidio por desempleo de los trabajadores de las empresas BESINEY S.A. y ANIKTO SA.

•    Ley 19.926 de 18/12/20. Se faculta al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social a establecer por razones de interés general el uso del subsidio por desempleo una vez vencido el plazo de un año previsto por el artículo 10 del Decreto-Ley N° 15.180, del 20 de agosto de 1981, en la redacción dada por la Ley N° 18.399, del 24 de octubre de 2008.

2.   LEYES POR LAS QUE SE CREAN  REGÍMENES ESPECIALES DE  AMPARO A SUBSIDIO POR ENFERMEDAD O DESEMPLEO: Caña de azúcar – industria citrícola.

•    Ley 19.886 de 25/06/20. Se autoriza el amparo al subsidio por enfermedad para todos los trabajadores zafrales de la cosecha de caña de azúcar del año 2020, a realizarse en la zona de Belén y Bella Unión, Departamentos de Salto y Artigas respectivamente.

•    Ley 19.921 de 27/11/20. Se faculta al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por razones de interés general, desde el 1 de octubre de 2020 hasta el 31 de marzo de 2021, como máximo, un régimen especial de subsidio por desempleo para los trabajadores de la industria citrícola afectados a la cosecha o al packing.

3.    LEYES RELACIONADAS CON EXONERACIONES DE APORTES A LA SEGURIDAD SOCIAL.  

•    Ley 19.898 de 29/8/20. Se faculta al Poder Ejecutivo a exonerar a partir del 1º de abril de 2020 y hasta el 31 de marzo de 2021 de los aportes jubilatorios patronales a la seguridad social, a las empresas que presten servicios de cantinas escolares.

•    Ley 19.913 de 30/10/20. Se exoneran los aportes patronales de seguridad social a las empresas con local dedicadas a la organización y realización de fiestas y eventos, agencias de viaje, empresas organizadoras y proveedoras de congresos y ferias nacionales e internacionales, así como a las empresas dedicadas al transporte terrestre de grupos turísticos y excursiones.

•    Ley 19.928 de 18/12/20. Se faculta al Poder Ejecutivo a exonerar, a partir del 1° de noviembre de 2020 y hasta el 31 de marzo de 2021 de los aportes jubilatorios patronales a la seguridad social, a las empresas concesionarias del aeropuerto internacional de Carrasco y aeropuerto internacional de Laguna del Sauce, empresas de transporte aéreo de pasajeros que operen en la República Oriental del Uruguay, a las empresas explotadoras de salas de cine y de distribución cinematográfica.

4.    LEYES RELACIONADAS CON REGULARIZACIÓN DE ADEUDOS PREVISIONALES Y PRÓRROGA DE CERTIFICADOS.

•    Ley 19.917 de 13/11/20. Se establece un régimen para la regulación de adeudos para la Caja de Jubilaciones y Pensiones Profesionales Universitarios.  

•    Ley 19.929 de 18/12/20. Se extiende la vigencia de los certificados comunes expedidos por el Banco de Previsión Social previstos por la Ley 16.670, de 28 de noviembre de 1990.

5.    LEYES RELACIONADAS CON OTROS TEMAS VINCULADOS AL MTSS.

•    Ley 19.931 de 18/12/20. Se declara a la ciudad de Mercedes Capital Nacional del Cooperativismo en el año 2021.

•    Ley 19.936 de 22/12/20. Se establecen normativas relativas al goce de licencia anual para trabajadores de la actividad privada.

DECRETOS
A)    Decretos vinculados al subsidio por desempleo  y por enfermedad, dictados como consecuencia de la crisis sanitaria.

•    Decreto 127/020 de 14/04/20. Se incorpora a los trabajadores dependientes afiliados a la Caja Notarial de Seguridad Social e individualizados en los apartados B y D del artículo 43 de su Ley orgánica,17.437, del 20 de diciembre de 2001, al régimen de subsidio por desempleo forzoso regulado por el Decreto-Ley 15.180, del 20 de agosto de 1981.

•    Decreto 130/020 de 17/04/20. Se toma conocimiento de la resolución de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales del otorgamiento del subsidio por enfermedad a profesionales médicos en la modalidad del ejercicio libre profesional.

•    Decreto 131/020 de 17/03/20. Se reglamenta la Ley N° 19.873, del 3 de abril de 2020. Reglamenta la Ley No. 19.873 en lo relativo a la implementación de un registro de personal de la salud que desempeñe tareas en instituciones privadas de asistencia médica y estén expuestas al contagio del SAR –COV2 ocasionado por el COVID 19.

•    Decreto 132/020 de 24/04/20. Se modifica el artículo 1º del Decreto 109/020, del 25 de marzo de 2020. Subsidio por enfermedad para trabajadores de 65 años y más. 

•    Decreto 144/020 de 26/05/20. Se modifica el artículo 1° del Decreto 109/020, del 24 de marzo de 2020. Subsidio por enfermedad para trabajadores de 65 años y más. 

•    Decreto 184/020 de 29/06/20. Se extiende hasta el 31 de julio de 2020 el régimen de subsidio por desempleo forzoso regulado por el Decreto-Ley  15.180, de 20 de agosto de 1091, en la redacción dada por la Ley 18.399, de 24 de octubre de 2008, a los trabajadores incorporados a dicho régimen según lo establecido por el Decreto 127/020 de 14 de abril de 2020. 

•    Decreto 191/020 de 07/07/20. Se modifica el artículo 1º del Decreto 149/2020, del 26 de mayo de 2020. Subsidio por enfermedad para trabajadores de 65 años y más. 

•    Decreto 231/020de17/08/20. Se extiende hasta el 30 de setiembre de 2020 el régimen de subsidio por desempleo forzoso regulado por el decreto  15.180, del 20 de agosto de 1981, en la redacción dada por la Ley N° 18.399, del 24 de octubre de 2008, a los   trabajadores incorporados a dicho régimen, según lo establecido en el Decreto  127/020, del 14 de abril de 2002. Se trata de la ampliación del subsidio por desempleo forzoso a trabajadores dependientes de la Caja Notarial de Seguridad Social. 

•    Decreto 233/020 de 17/07/20. Se modifica el artículo 1º del Decreto 191/020, del 7 de julio de 2020. Subsidio por enfermedad para trabajadores  de 65 años y más. 

•    Decreto 310/020de18/11/20. Se extiende hasta el 31 de diciembre de 2020 el régimen de subsidio por desempleo forzoso regulado por el decreto-Ley15.180, del 20 de agosto de 1981, a los trabajadores incorporados a dicho régimen según lo establecido en el Decreto 127/020, del 14 de abril 2020. Trabajadores de la Caja Notarial de Seguridad Social. 

•    Decreto 358/020 de 22/12/20. Se extiende hasta el 31 de marzo de 2021 el plazo de vigencia de los regímenes especiales de subsidio por desempleo y se dispone un aporte estatal no reembolsable de $ 5.000 mensuales a las empresas y por cada trabajador reintegrado comprendido en el subsidio por desempleo.

B)  Decretos relativos a  beneficios -subsidios distintos del subsidio por desempleo y/o enfermedad. 

•    Decreto 185/020de29/06/20. Se extiende la prestación a que da lugar el subsidio mensual creado por el artículo 1º de la Ley 19.877 por los meses de junio y julio de 2020.

•    Decreto 190/020 de 01/07/20. Se dispone un aporte estatal no reembolsable de 5.000 pesos mensuales, por el término de tres meses, a empresas, según las condiciones que se detalla.

•     Decreto 192/020 de 07/07/20. Se crea un subsidio mensual de 6.779 pesos con destino a artistas nacionales, por los meses de junio y julio de 2020. 

•    Decreto 217/020.de04/08/20. Se extiende en forma extraordinaria el amparo del Seguro Nacional de Salud a todos los aquellos trabajadores cesados en la actividad que les generaba el derecho a dicha cobertura o que hayan llegado al término de los beneficios del subsidio por desempleo, entre el 1º de agosto de 2020 y el 31 de octubre de 2020. 

•    Decreto219/020.de07/08/20.Se sustituyen el inciso 2 del artículo 2º y el artículo 4º del Decreto  190/020, del 1º de julio de 2020. Aporte estatal.

•    Decreto 289/020de23/10/20. Se crea un subsidio mensual de 6.779 pesos con destino a autores nacionales, por el término de los meses de octubre y noviembre de 2020. 

•    Decreto 312/020 de 24/11/20. Se autoriza al Banco de Previsión Social a otorgar, en el año 2020, un beneficio especial consistente en una canasta de fin de año, en dinero, a los jubilados, pensionistas y beneficiarios de la Asistencia a la Vejez que cumplan con las condiciones que se regulan en el presente Decreto.

•    Decreto 379/020 de 30/12/20. Se crea un subsidio mensual con destino a las personas que se desempeñan como guías turísticos nacionales, por el término de los meses de diciembre de 2020 y enero de 2021.

C)    Decretos vinculados con aportes previsionales y seguridad social. 

•    Decreto 108/020 de 24/03/20. Se modifica el artículo 1° del Decreto 241/007, del 2 de julio de 2007, en la redacción del artículo 1° del Decreto 159/013, del 24 de mayo de 2013, del Decreto 110/017, del 24 de abril de 2017, y del Decreto 34/018, del 22 de octubre de 2018. Refiere al Aporte Unificado de la Construcción.

•    Decreto 161/020 de 08/06/20. Se prorroga por el plazo de 180 días, a partir del 1º de mayo de 2020, la vigencia de las tasas de aportación previstas en el artículo 2º del literal A del numeral 1º y en el literal A del numeral 2º del artículo 2º del Decreto 146/2019, del 27 de mayo de 2019. Bonificación de servicios para los trabajadores de la actividad portuaria. 

•    Decreto 221/020 de 11/08/20. Se establece, a partir del 1º de julio de 2020, el monto mínimo de los retiros servidos por el Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas y por el Servicio de Retiros y Pensiones Policiales, en la suma equivalente a 3,05 veces la base de prestaciones y contribuciones (BPC).  

•    Decreto 259/020 de 18/09/20. Se exonera de aportes jubilatorios patronales a la seguridad social por el período del 1º de abril de 2021 al 31 de marzo de 2021 a las empresas cuya finalidad única o predominante es la prestación de servicios de transporte de escolares.

•    Decreto 279/020 de 15/10/20. Se exonera de aportes jubilatorios patronales a la seguridad social por el período 1º de abril de 2020 al 31 de marzo de 2021, a las empresas cuya finalidad única es la prestación de servicios de cantinas escolares. 

•    Decreto 309/020 de 18/11/20. Se exonera de aportes jubilatorios patronales a la seguridad social por el período comprendido entre el 1° de abril de 2020 y el 31 de marzo de 2021, a las empresas con local dedicadas a la organización y realización de fiestas y eventos, agencias de viajes, empresas organizadoras y proveedoras de congresos y ferias nacionales e internacionales, así como a las empresas dedicadas al transporte terrestre de grupos turísticos y excursiones.

•    Decreto 333/020 de 07/12/20. Se dispone un aporte estatal no reembolsable de $8.000 pesos     mensuales a las empresas pertenecientes a los grupos de actividad de hoteles y restaurantes incluidos en el grupo 12, subgrupos 1, 3, 4 y 7. 

•     Decreto 334/020 de 07/12/20. Se establece una bonificación del 15% sobre las obligaciones jubilatorias patronales correspondientes al mes de diciembre 2020 que se pagan en enero de 2021, para los contribuyentes del Banco de Previsión Social comprendidos en lo dispuesto por el artículo 9° de la Ley N° 17.963, del 19 de mayo de 2019, que hubieren cumplido dentro de los plazos legales y reglamentarios con todas sus obligaciones correspondientes al período mayo de 2019 a febrero de 2020.

•    Decreto  350/020 de 21/12/20. Se prorroga por el plazo de ciento ochenta días a partir del 31 de octubre de 2020 la vigencia de las tasas de aportación previstas en el artículo 2° literal a del numeral 1 y en el literal a del numeral 2 del artículo 2° del Decreto 146/019, de 27 de mayo de 2019. 

D)    Normas relacionadas con Consejo de Salarios, en materia salarial y jubilaciones. 

•    Decreto 175/020 de 17/06/20. Se fija el monto del salario mínimo para los trabajadores asistentes personales habilitados por la Secretaría Nacional de Cuidados que desempeñan tareas en el marco de la Ley 19.353, del 27 de noviembre de 2015, y el Decreto  117/016, del 25 de abril de 2016. 

•    Decreto 188/020 de 30/06/20. Se establece a partir del 1º de julio de 2020, el monto mínimo de las jubilaciones servidas por el Banco de Previsión Social, en la suma equivalente a 3,05 veces la Base de Prestaciones y Contribuciones

•    Decreto 280/020 de15/10/20. Se regulan los salarios mínimos y remuneraciones de todos los trabajadores de las empresas que queden comprendidas dentro del grupo N° 13, Transporte y Almacenamiento, subgrupo 02, Transporte Terrestre de Personas Internacional, Interdepartamental, Departamental Interurbano, Urbano del Interior y Turismo. 

•    Decreto 336/020 de 09/12/20. Se fijan los montos mínimos de los salarios por categoría laboral y se actualizan las remuneraciones de los trabajadores comprendidos en el grupo de Consejos de Salarios N° 17  Industria Gráfica. 

•    Decreto 360/020 de 23/12/20. Se fija el monto del salario mínimo nacional en $ 17.930 a partir del 1° de enero de 2021.

•    Decreto 373/020 de 29/12/20. Se fijan los salarios mínimos de los trabajadores comprendidos en el Grupo de Consejos de Salarios N° 13 Transporte y Almacenamiento, Subgrupo 05, Transporte Terrestre de Pasajeros, Taxis y Servicios de Apoyo, capítulo Choferes de Taxis de Montevideo.

E)    Normas laborales generales.

•    Decreto 148/020 de 26/05/20. Se dispone que el sueldo anual complementario a que se refiere la Ley 12.840, del 22 de diciembre de 1960, se pague en el presente ejercicio en dos etapas: el generado hasta el 31 de mayo, dentro del mes de junio del presente año, y el generado desde el 1º de junio hasta el 30 de noviembre, antes del 20 de diciembre. 

•    Decreto 277/020 de 05/10/20. Se derogan los plazos dispuestos en el Decreto  126/019, del 6 de mayo de 2019, para la implementación de los servicios de salud y seguridad en el trabajo para las empresas con menos de 300 trabajadores, que deberán quedar constituidos como se detalla. 

•    Decreto 281/020 de 15/10/20. Se regula el procedimiento de ocupaciones

F)    Otros temas relacionados a la cartera.

•    Decreto 121/020 de 06/04/20. Se designan los miembros titulares y alternos, en representación del Poder Ejecutivo, en el Instituto Nacional del Cooperativismo. 

•    Decreto 320/020 de 30/11/20. Se aprueban las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco de Previsión Social correspondiente al ejercicio 2020.

•    Decreto 321/020 de 30/11/20. Se sustituye el artículo 35 del Decreto 115/015 de 27 de abril de 2015. Se reglamenta el Convenio Internacional de Trabajo No. 184 sobre Seguridad y Salud en la Agricultura.


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