El MTSS presentará proyecto de promoción de empleo

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El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social presentará al Parlamento un proyecto de Ley que promueve el empleo para sectores vulnerables. Se prevé un financiamiento para estos programas de hasta U$ 16 millones por año de los cuales U$ 8 millones serán con fondos de INEFOP con destino a empleo juvenil y U$ 8 millones de Rentas Generales.

El proyecto contempla:

  • POBLACIÓN DESTINATARIA

Jóvenes de 15 a 29 años, personas mayores de 45 años y personas con discapacidad.

En el caso de las mujeres tendrán un monto de subsidio superior.

Tendrán prioridad aquellas personas en situación de vulnerabilidad social.

  • CARACTERÍSTICAS DEL SUBSIDIO

La duración de estos subsidios será de un máximo de 12 meses, salvo excepciones.

Contenido del subsidio: crédito con respecto a obligaciones del BPS.

El monto del subsidio será en proporción a la carga horaria contratada.

Cantidad de beneficiarios: hasta el 20% de la plantilla laboral de cada empresa por cada grupo social beneficiario.

  • EMPRESAS ELEGIBLES

No ser deudoras del BPS, MTSS o la DGI.

No haber despedido o enviado al seguro de paro en los 90 días previos, ni durante la duración del subsidio, a trabajadores de la misma categoría laboral a los que se contratarán.

No se podrán contratar a parientes cercanos.

  • MODALIDADES DE SUBSIDIO PARA EMPLEO JUVENIL
  • SUBSIDIO TEMPORAL PARA LA CONTRATACIÓN DE TRABAJADORES JÓVENES DESEMPLEADOS

Jóvenes de 15 a 29 años en situación de desempleo continuo superior a 12 meses o discontinuo superior a 15 meses en 24 meses considerados.

Monto máximo del subsidio $ 9.000 (actualizado anualmente por IMS) por un máximo de 12 meses.

  • PRIMERA EXPERIENCIA LABORAL

Jóvenes de 15 a 24 años sin experiencia laboral formal superior a 90 días.

Subsidio por la contratación de jóvenes varones será de $ 6.000 y de jóvenes mujeres será de $ 7.500 (actualizables anualmente por IMS).

Duración 12 meses.

En caso de que continúe el vínculo laboral se mantendrá la exoneración de aportes patronales mientras dure la relación laboral o hasta que el trabajador cumpla 25 años.

  • PRACTICA LABORAL PARA EGRESADOS

Jóvenes de 15 a 29 años egresados de centros públicos o privados habilitados de enseñanza técnica, comercial, agraria o de servicios.

El subsidio referirá a un empleo vinculado con la titulación obtenida por el joven y el puesto de trabajo deberá estar definido en relación con el nivel de titulación alcanzado.

Monto del subsidio: 15% del salario correspondiente y no podrá exceder el 15% de un SMN.

Plazo del subsidio entre 6 y 12 meses.

  • TRABAJO PROTEGIDO JOVEN

Jóvenes de 15 a 29 años en situación de desempleo que pertenezcan a hogares con ingresos por debajo de la línea de pobreza establecida por el INE.

Deberá brindarse acompañamiento social y capacitación a sus beneficiarios.

Monto del subsidio: hasta 80% de la retribución del joven con un monto máximo que no podrá superar el 80% de 2 SMN.

Plazo del subsidio: entre 6 y 12 meses.

  • PRACTICAS FORMATIVAS

Jóvenes de 15 a 29 años que realicen una práctica formativa requiriendo del acuerdo entre una empresa y una institución educativa.

La remuneración al joven deberá ser, al menos, equivalente al 75% del salario mínimo establecido para la categoría laboral en que se desempeñe, en proporción a las horas efectivamente trabajadas.

Las condiciones laborales serán acordadas entre la empresa y la institución educativa y aprobado por el MTSS.

Monto del subsidio a la empresa contratante: Hasta el 50% del 75% de la remuneración correspondiente al SMN de la categoría ocupacional de que se trate, calculado sobre las horas que se remuneren.

Monto del subsidio al tutor: cuando la empresa reciba un número mínimo de jóvenes pasantes que será determinado en cada caso, el tutor podrá percibir un subsidio equivalente al valor del salario mínimo de la categoría que corresponda, hasta un máximo de 60 horas mensuales.

Plazo del subsidio: 12 meses.

  • CONTRATO DE PRIMERA EXPERIENCIA LABORAL EN EL ESTADO O PERSONAS PÚBLICAS NO ESTATALES

Jóvenes de 15 a 24 años sin experiencia laboral formal superior a 90 días, pertenecientes a hogares por debajo de la línea de pobreza.

INAU, INJU, INISA, INEFOP, ANEP y MTSS pueden contratar con organismos públicos estatales o personas públicas no estatales.

Plazo de un año.

Remuneración máxima podrá alcanzar hasta 4 BPCs ($19.480) por mes por 30 horas semanales, que será financiado por cada institución contratante.

  • PROMOCIÓN DEL EMPLEO PARA TRABAJADORES MAYORES DE 45 AÑOS
  • SUBSIDIO TEMPORAL PARA TRABAJADORES MAYORES DE 45 AÑOS DESEMPLEADOS

Personas mayores de 45 años en situación de desempleo continuo por más de 12 meses o discontinuo de 15 meses en 24 meses.

Monto del subsidio: $ 7.000 mensuales. En caso de mujeres se elevará a $ 8.000 y si tuviera personas a cargo aumentará a $ 9.000 (actualizables anualmente por IMS).

Plazo del subsidio: 12 meses.

  • TRABAJO PROTEGIDO PARA TRABAJADORES MAYORES DE 45 AÑOS

Personas mayores de 45 años en situación de desempleo que pertenezcan a hogares con ingresos por debajo de la línea de pobreza establecida por el INE.

Monto del subsidio: hasta 80% de la retribución del trabajador con un monto máximo que no podrá superar el 80% de 2 SMN.

Plazo del subsidio: entre 6 y 12 meses.

  • PROMOCIÓN DEL EMPLEO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Personas con discapacidad en situación de desempleo continuo de más de 12 meses o discontinuo de 15 meses en 24 meses.

Monto del subsidio: $ 7.000 mensuales. En caso de mujeres se elevará a $ 8.000 y si tuviera personas a cargo aumentará a $ 9.000 (actualizables anualmente por IMS).

Plazo del subsidio: 12 meses.

  • PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIOS PARA LOS TRABAJADORES BENEFICIARIOS

Se establecen facilidades para los trabajadores que sean beneficiarios de estos programas, para acceder a estudios durante la realización del trabajo.

Se establecen orientaciones para que empleadores y entidades educativas faciliten el acceso al estudio.

  • APOYO A EMPRENDIMIENTOS PRODUCTIVOS AUTÓNOMOS

Se otorga facultad al Estado para formular programas crediticios y de asistencia técnica.

Emprendimientos iniciados por jóvenes, personas mayores de 45 años o personas con discapacidad que no tengan más de 2 años de iniciados.

También se extiende a Cooperativas integradas por estos grupos sociales beneficiarios.

  • FINANCIAMIENTO

Financiamiento previsto para estos programas: hasta U$ 16 millones por año.

Origen del financiamiento: U$ 8 millones con fondos de INEFOP con destino a empleo juvenil y U$ 8 millones de Rentas Generales.

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