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LUC: No a 135 Artículos

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¿Por qué firmar para la derogación de 135 artículos de la LUC?

La LUC instaló de manera relámpago un modelo de ajuste que limita el rol del Estado y afecta derechos fundamentales.

Este mecanismo urgente impidió el debate y redujo al mínimo la información a la que pudo acceder la ciudadanía, la prensa y las organizaciones sociales. E incluso, los propios partidos políticos.

Su ingreso se produjo de espaldas a un contexto económico y social excepcional, con las barras y el acceso al Parlamento cerrado, con el derecho a reunión seriamente restringido, sin tiempo para la recepción de voces claves y mientras el país atravesaba dificultades graves y urgentes, como el trabajo, la alimentación, la educación y por supuesto, la salud.

Durante décadas Uruguay ha sido reconocido como el país con mejor calidad democrática de América Latina. Su cuerpo legislativo, su fortaleza institucional y la garantía de libertades claves, como la libertad de reunión y la libertad de prensa, han sido ejemplo para el mundo y base de nuestra convivencia.

El impacto de la LUC aún se sigue descubriendo. Su proceso de presentación y aprobación, erosiona nuestra identidad democrática e ignora evidencias, procesos y tiempos indispensables y garantes en la construcción de un futuro colectivo.
Si bien toda la LUC representa un modelo regresivo, los 135 artículos seleccionados son los que modifican de manera sustancial políticas públicas en áreas sustanciales de la vida del país y fueron debatidos en 90 días.

LA LUC REPRESENTA PÉRDIDA DE DERECHOS
UNA SEGURIDAD SIN GARANTÍAS

Aumento de penas, modificación y creación de nuevos delitos, modificaciones del proceso penal, modificación del régimen de legítima defensa y mayor discrecionalidad a la policía. Los cambios suponen un cambio abrupto de modelo sin medir en la práctica el alcance de las medidas aprobadas. Se aprueba una impronta punitiva que puede impactar en la saturación del sistema carcelario y en las políticas de reinserción, que ya son insuficientes, a contracara de lo que se hace hoy en el mundo. La falta de gradualidad para los cambios en los procedimientos policiales también supone riesgos en la interpretación.

REDUCCIÓN DEL ESTADO CUANDO MÁS SE NECESITA

La aprobación de la regla fiscal achica la participación del Estado como motor de la economía nacional, justamente en el momento que más lo necesitamos. En una coyuntura de crisis nos ata a una fórmula rígida que limita las posibilidades del Estado de adoptar medidas anticíclicas. Se centra el afán de recaudación sin acompañarlo con medidas que permitan incrementar o sostener los ingresos públicos. Por otro lado, los cambios en la ley de inclusión financiera van en línea contraria a favorecer los ingresos estatales y favorecen la evasión. La pandemia ha evidenciado la centralidad de la formalidad para las respuestas sociales.

DEBILITAMIENTO DEL ROL DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS

Las medidas aprobadas sobre empresas públicas auspician la reducción del rol social de las mismas y reducen el peso del Estado en las decisiones de las políticas económicas. Las nuevas potestades a las unidades reguladoras reducen la capacidad de gestión de las empresas públicas limitando el rol social, productivo y económico para el cual fueron creadas, priorizando lógicas de mercado que tienden a mercantilizar un servicio público esencial. Al mismo tiempo se evidencia una clara intención del gobierno de desmantelar ANCAP, no sólo a través de su desmonopolización, sino también en la reforma integral del mercado de los combustibles contemplada en el artículo 237, desde donde se propone el cierre, desestatización y/o privatización de áreas estratégicas del Ente.

RESTRICCIÓN DEL DERECHO DE HUELGA

Los cambios implementados en el derecho de huelga objetados en el parlamento por la OIT, restringen un derecho fundamental. Establecen que la huelga no es en sí misma pacífica y no dicen como el Estado garantizará el desarrollo pacífico de esta medida de protesta. Esto contrapone lo dispuesto en el artículo 57 de nuestra Constitución. El derecho a huelga es una pata fundamental del derecho laboral, es preexistente a la Constitución, su conquista costó sangre a la clase trabajadora y es barrera de contención para defender los actuales derechos y conquistar otros.

COLONOS QUE NO VIVEN EN SUS PREDIOS

Cambia la naturaleza del Instituto de Colonización permitiendo que ahora los colonos no se arraiguen en los predios que se les concedieron, contradiciendo el espíritu de la creación del propio instituto. Esto va en contra del repoblamiento de la campaña. Además, la LUC no evita la extranjerización de la tierra, no mejora la competitividad, ni promueve la inserción en los mercados internacionales.

MERCANTILIZACIÓN DE LA EDUCACIÓN PÚBLICA

Los cambios implementados en la gobernanza de la educación incrementan la centralidad del Poder Ejecutivo en las decisiones, y establecen una menor participación de los involucrados y las organizaciones sociales representativas en las decisiones, reduciendo la participación democrática. Por otro lado, la nueva normativa establece cambios que promueven la flexibilización laboral y precarización de los puestos de trabajo. Asimismo, se apuesta a la mercantilización de la educación, se prioriza la educación privada por sobre la pública, yendo contra la tradición histórica que ha impulsado nuestro Estado desde el surgimiento del Batllismo.

PRECARIZACIÓN DE LA VIVIENDA

Se cambian plazos de desalojo y lanzamientos (30 días en el caso de los buenos pagadores al vencimiento del contrato y 6 días en el caso de atrasos en los pagos). Dichas modificaciones, además de proponer plazos extremadamente cortos respecto a los existentes, apuntan a beneficiar al propietario en detrimento de los inquilinos, sin que esto asegure una mayor dinámica en el mercado de los alquileres y generando una precarización adicional a la ya existente hasta ahora. Además, se soslaya por completo el modelo cooperativo de gran relevancia en nuestro país.

PRECARIZACIÓN DEL SISTEMA DE ADOPCIONES

En lo que refiere a las adopciones la LUC permite que situaciones complejas de niños, niñas y adolescentes se tengan que resolver rápidamente en un Juzgado, sin la intervención de los equipos técnicos especializados de INAU que estudian los casos en forma profunda. Esto puede dar lugar a prácticas abusivas y arreglos privados, dejando atrás los derechos de la infancia garantizados en la Convención de los Derechos del Niño.


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