Resolución excepcional sobre el régimen subsidio de desempleo parcial

Octubre

El Ministerio de Trabajo de Trabajo y Seguridad Social -en coordinación con el Banco de Previsión Social- definió que de manera excepcional el uso del subsidio de desempleo parcial a utilizarse en el mes de octubre por los trabajadores de empresas comprendidas en el ámbito de aplicación de la resolución No. 208 de 31 de agosto de 2021, podrán declararlo en el Banco de Previsión hasta el 20 de octubre de 2021, inclusive.

Aquellas empresas que deben solicitar autorización para el uso del subsidio de desempleo parcial (no comprendidas en el ámbito de aplicación de la resolución No.208 referida), pueden realizar la solicitud en el Banco de Previsión Social, aunque el expediente administrativo este en trámite en el MTSS.

El BPS validará los datos ingresados por la empresa con los datos de las empresas autorizadas por el MTSS.


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