El próximo domingo 11 de mayo se celebrarán las elecciones para elegir intendentes, ediles y concejales municipales en los 19 departamentos del país. El voto es secreto, obligatorio y sin excepciones por edad para todos los ciudadanos habilitados. La jornada electoral se desarrollará entre las 8:00 y las 19:30 horas.
Fecha de la elección: 11 de mayo de 2025
Horario de votación: 8:00 a 19:30 horas
El voto es secreto y de carácter obligatorio para todos los habilitados. No hay límite de edad que exima de la obligación de votar.
• Qué se elige
En las elecciones Departamentales se elige:
-Intendente de cada departamento
-31 miembros (ediles) de las Juntas Departamentales de cada departamento
En las elecciones Municipales se elige:
-5 miembros de los concejos municipales*
*El primer titular de la lista más votada del lema más votado, siempre que resulte proclamado concejal, se denominará Alcalde y presidirá el municipio. Los restantes miembros se denominarán Concejales
• Habilitados para votar
Podrán votar todas las personas inscriptas en el Registro Cívico Nacional que tengan dieciocho años de edad al 11 de mayo de 2025 y figuren en la Sección Habilitados para votar.
• Dónde votar
Podrá conocer aquí el número y la dirección del circuito que le corresponde
La búsqueda se puede realizar por serie y número de credencial o por nombre y fecha de nacimiento.
El buscador indicará si la persona está o no habilitada para votar. En caso afirmativo, figurarán su nombre y apellido, credencial cívica, número y dirección del circuito y si este es accesible.
Circuitos urbanos
Solo podrán votar en ellos los electores que pertenezcan al circuito (Ver además Circuitos accesibles).
Circuitos rurales
En estos circuitos podrán votar aquellos electores que no pertenezcan al circuito, siempre que su inscripción cívica corresponda a una circunscripción rural del departamento y exhiban su credencial cívica. En este caso, las personas votarán en carácter de observado simple. (Ver además Circuitos accesibles).
Circuitos accesibles
Quienes se encuentren en situación de discapacidad motriz permanente o transitoria, y les correspondiera votar en un local o Comisión Receptora de Votos que no cuente con condiciones de accesibilidad, podrán sufragar ante un circuito declarado accesible que se encuentre dentro de la serie que les corresponde, siempre y cuando exhiban su credencial cívica.
En este caso se tomará el voto en carácter de observado simple y el votante deberá firmar la hoja de identificación a modo de declaración jurada.
Podrá verificar aquí cuáles circuitos son accesibles en los planes circuitales
- Cómo votar
El sufragio se realizará por orden de llegada en los circuitos electorales donde funcionarán comisiones receptoras de votos compuestas por tres miembros: presidente, secretario y vocal. También habrá un funcionario facilitador, al que el votante podrá acercarse en caso de necesitar asistencia.
La credencial cívica es el único documento válido para votar. Quienes no cuenten con el documento físico podrán renovarlo (Ver además Votantes que no presenten la credencial).
Renovación de credencial
• No hace falta presentar la denuncia para realizar la renovación por pérdida o robo.
• Se requiere uno de los siguientes documentos: la antigua credencial, la cédula o cualquier documento público o privado que contenga foto y en el que figuren su nombre y apellidos completos
• El trámite tiene un costo de $200, que se deberá pagar en efectivo al momento de realizar el trámite.
• Puede realizar el trámite en cualquiera de nuestras oficinas electorales departamentales, sin importar dónde se encuentre inscripto. Acceda aquí a las direcciones y teléfonos de las oficinas de todo el país.
• No hay plazo para realizar este trámite, puede realizarse en cualquier momento (aunque el período inscripcional esté cerrado).
• El trámite es sin agenda.
Votantes que no presenten la credencial
Deben concurrir al circuito al que pertenecen e indicar su nombre y apellido y la serie y número de su credencial.
Las personas que voten en estas circunstancias necesariamente deberán figurar en el padrón o en el cuaderno de hojas electorales.
Electores no videntes o físicamente imposibilitados
Quienes se encuentren en esta situación podrán hacerse acompañar al cuarto secreto por una persona de su confianza o un miembro de la Comisión Receptora de Votos, si así lo desea.
- Hojas de votación
Habrá dos hojas de votación:
-Una correspondiente a la Elección Departamental, que contiene la lista de candidatos (titular y suplentes) a la Intendencia Departamental y la lista de candidatos a la Junta Departamental.
-Una correspondiente a la Elecciones Municipales, que contiene la lista de candidatos para integrar el municipio que corresponda.
Para tener en cuenta:
Se deberá votar al Municipio que corresponda de acuerdo a la serie de la credencial cívica.
Si en el sobre de votación apareciera una hoja de votación de la Elección Municipal perteneciera a otro municipio del departamento, será anulada pero el voto será validado.
Municipios de acuerdo a cada serie
La disponibilidad de hojas de votación en los cuartos secretos será competencia de los partidos políticos; son sus delegados los encargados de abastecer de hojas a los circuitos durante la jornada electoral.
En el caso de que el votante no encontrara la hoja que desea votar podrá retirarse sin sufragar y volver en otro momento.
Constancia de voto
Por ser una elección de carácter obligatorio, se le entregará una constancia de voto a cada elector. Se recomienda revisar los datos que figuran en ella antes de retirarse.
Eventualmente, en la página web de la Corte Electoral estará disponible la descarga de las constancias de voto.
- Multas y justificaciones por la no emisión del voto
Las personas que estén habilitadas y no concurran a votar en estas elecciones podrán justificar la no emisión del voto por las siguientes causas: padecer enfermedad, invalidez o imposibilidad física, estar ausente del país el día del acto o por razones de fuerza mayor.
Las personas habilitadas que sin causas fundadas no hubieran votado deberán hacer efectivo el pago de la multa.