La ley de eutanasia o “Muerte Digna” fue aprobada en nuestro país este miércoles 15 de octubre, convirtiéndose en la primera ley de este tipo en América Latina.
La Cámara de Senadores votó a favor con 20 votos sobre 31, siguiendo la aprobación previa en la Cámara de Diputados. La ley, llamada “Muerte Digna”, regula el derecho de las personas mayores de edad, psíquicamente aptas y que estén en etapa terminal de enfermedades incurables o que sufran dolores insoportables, a acceder a la eutanasia.
Esto convierte a Uruguay en el tercer país de América en legalizar la eutanasia activa, junto a Canadá y Colombia. El proceso legislativo fue producto de un extenso y profundo debate parlamentario y social, con apoyo interpartidario y participación de la sociedad civil.
Informó en Sala el Senador Daniel Borbonet.
Hicieron uso de la palabra los Senadores: Pedro Bordaberry; Martín Lema; Patricia Kramer; Ope Pasquet; Eduardo Antonini; Javier García; Gloria Rodríguez; Verónica Miranda; Lilián Abracinskas; Liliam Kechichian; Carlos Camy; Aníbal Pereyra; Graciela Bianchi; Sebastián Sabini; María de Lima; Alexandra Inzaurralde; Gustavo González; Zulimar Ferreira; Gustavo Zubía; Constanza Moreira; Heber Duque y Bettiana Díaz.
El proyecto de ley se comunicará al Poder Ejecutivo.
CÓMO Y CUANDO
La ley establece requisitos médicos y psiquiátricos específicos para garantizar que la solicitud sea legítima y el paciente esté en condiciones adecuadas para tomar la decisión. Los requisitos médicos incluyen que el paciente padezca una enfermedad terminal o condición incurable y irreversible, que cause sufrimiento físico o psíquico insoportable, con un pronóstico limitado y con ausencia de alternativas terapéuticas que puedan aliviar el sufrimiento.
Desde el punto de vista psiquiátrico, el paciente debe estar psíquicamente apto, es decir, tener capacidad de juicio y autonomía para tomar decisiones. Se requiere una evaluación psiquiátrica para descartar trastornos mentales que puedan influir en la solicitud, como depresión grave u otros cuadros que afecten la voluntad libre e informada. Esta evaluación debe asegurar que la decisión no se tome bajo coacción o deterioro mental reversible.
Adicionalmente, al menos dos médicos independientes deben verificar estos criterios, uno de ellos especialista en la enfermedad correspondiente o en salud mental, para certificar la solicitud. La evaluación se documenta formalmente, con un protocolo que incluye entrevistas, análisis clínicos y valoración integral del estado físico y mental del paciente.
Estos criterios médicos y psiquiátricos buscan asegurar un proceso ético y riguroso para que la eutanasia se brinde solo a quienes cumplen estrictamente la normativa, garantizando la autonomía y dignidad del paciente sin riesgos de abusos o errores médicos