Política

Proyecto de Competitividad propone una profunda simplificación administrativa para las MiPyMEs

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El Proyecto de Ley de Competitividad y Reducción del Costo de Vida que el Gobierno puso a consideración del Parlamento incorpora un capítulo destinado a facilitar el funcionamiento de las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs), mediante la simplificación de trámites, la digitalización de servicios y el intercambio de información entre organismos públicos.

Las medidas están contenidas en los artículos 156, 157 y 158 del proyecto y tienen como objetivo reducir costos administrativos, agilizar gestiones y fortalecer el desarrollo de este sector empresarial.

Plataforma única para trámites

El artículo 156 propone la creación de una Plataforma Única de Simplificación para MiPyMEs, que funcionará como un sistema centralizado de acceso digital para realizar consultas y gestiones vinculadas al inicio y desarrollo de actividades económicas.

La plataforma reunirá información proveniente de la Dirección General Impositiva (DGI), el Banco de Previsión Social (BPS), los ministerios competentes y los gobiernos departamentales, permitiendo la interoperabilidad entre los distintos organismos y evitando que los empresarios deban presentar reiteradamente la misma documentación.

Entre sus funciones se prevé el acceso a información, requisitos, registros, habilitaciones y otros trámites necesarios para el funcionamiento de las empresas.

Sistema integrado de gestión gratuito

El artículo 157 encomienda a la Agencia Nacional de Desarrollo (ANDE), en coordinación con la DGI, la creación de un Sistema Integrado de soluciones de gestión, facturación y pagos electrónicos para MiPyMEs.

El sistema incluirá tres módulos principales:

  • herramientas de gestión empresarial, con funciones de administración básica, control de inventario y generación de reportes;
  • facturación electrónica, que permitirá emitir, recibir, validar y conservar comprobantes fiscales electrónicos;
  • integración con medios de pago electrónicos regulados por el Banco Central del Uruguay, facilitando el cobro mediante tarjetas, transferencias y otros instrumentos digitales.

El proyecto establece que el acceso a estos módulos será gratuito para las micro y pequeñas empresas, en las condiciones que determine la reglamentación.

Reconocimiento automático de la condición de MiPyME

El artículo 158 introduce un cambio orientado a eliminar trámites innecesarios para acreditar la condición de micro, pequeña o mediana empresa.

La iniciativa dispone que, cuando la información ya disponible en organismos públicos permita verificar que una empresa reúne los requisitos para ser considerada MiPyME, no podrá exigirse la realización de trámites adicionales para obtener el certificado correspondiente.

Asimismo, se establece que la autoridad competente deberá elaborar y publicar, al menos una vez al año, un registro actualizado y de acceso público de las empresas comprendidas en esta categoría. La inclusión en dicho registro será suficiente para acreditar la condición de MiPyME ante cualquier organismo público estatal o no estatal.

Intercambio de información entre organismos

Para hacer posible este sistema, el proyecto habilita el intercambio electrónico de información entre la DGI, el BPS, el Banco Central del Uruguay y la Dirección Nacional de Artesanías, Pequeñas y Medianas Empresas.

El objetivo es que la categorización de las empresas pueda realizarse de forma coordinada y automática, utilizando la información ya disponible en el Estado.

El texto aclara que los datos intercambiados continuarán protegidos por la normativa sobre protección de datos personales y que su utilización quedará limitada exclusivamente a la determinación de la condición de MiPyME.

Con ese mismo propósito, el proyecto releva a la DGI y al BPS del secreto tributario únicamente para permitir el intercambio de información entre estos organismos en el marco de este procedimiento, sin que ello implique la divulgación pública de los datos de los contribuyentes.